jueves, 4 de septiembre de 2008

SISTEMA DE IMPUESTO A LA RENTA CHILENO

IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA

Tasa y Base del Impuesto
La tasa del impuesto de primera categoría es de 15%. Se aplica sobre una base anual, del 1º de Enero al 31 de Diciembre (año calendario).

La renta es calculada sobre base percibida o devengada. Un libro especial conocido como FUT – "Fondo de Utilidades Tributarias", es requerido para seguir la ruta de las utilidades no distribuidas por la empresa y su correspondiente situación tributaria.

La base imponible se obtiene luego de ajustes de las cuentas financieras de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Impuesto a la Renta. Las pérdidas pueden ser imputadas a utilidades acumuladas de ejercicios anteriores o la renta de ejercicios posteriores sin límite de tiempo.

La Ley de la Renta establece, como principio, que se pueden deducir, en la determinación de la base imponible, todos los gastos necesarios para producir la renta mencionando a título ejemplar algunos tipos de gastos que se pueden deducir en cuanto se relacionen con el giro del negocio; asimismo, señala como se aplica la depreciación acelerada. Los bienes tangibles pueden ser depreciados durante toda su vida útil; sin perjuicio de lo anterior, la depreciación acelerada se encuentra disponible para el contribuyente respecto de los bienes nuevos o importados cuya vida útil sea igual o superior a 5 años. En este caso la depreciación es calculada sobre la base de 1/3 de la vida útil normal de bien. Los costos de exploración y otros costos preparatorios pueden, según sea la opción del contribuyente, ser deducidos en el primer año tributario o amortizados durante el periodo de los 6 primeros años del proyecto.

Pagos de royalty a personas no residentes o no domiciliadas en Chile son gastos deducibles hasta un límite de 4% del total de la renta proveniente de ventas y servicios en el año correspondiente. Sin embargo, este límite no se aplica sí:

a) El contribuyente demuestra al SII que no hay ni ha existido relación directa o indirecta en el capital, control o administración entre el beneficiario de los pagos y él, o

b) Si el Estado de residencia del beneficiario aplica una tasa de impuesto sobre esta clase de renta de 30% o más.

Respecto de algunas actividades existe la opción para el contribuyente de pagar el impuesto de acuerdo a un sistema de renta presunta (agricultura, minería y transporte terrestre de pequeña escala).

Fuente: www.sii.cl/aprenda_sobre_impuestos/estudios/sistemarenta.doc

Colaboraron:
Nicole Almonacid - 02
Claudia González - 13

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